Las transformaciones que hemos venido experimentando en los últimos años en relación a los distintos escenarios de la vida en sociedad e individual, ha llamado la atención de estudios del derecho quienes han desarrollado investigaciones sobre una nueva configuración de la sociedad y sobre la necesidad de establecer nuevos paradigmas de justicia que respondan a las nuevas tendencias y así contar con Estado dotado de un poner punitivo que vaya acorde a las nuevas realidades sociales.
En los últimos tiempos hemos visto cómo los países de la región han modificado sus modelos de justicia en materia penal, precisamente porque las antiguas “reglas” desconocían no solo las nuevas conductas que generan mido e inseguridad en la ciudadanía, sino aquellas de tipo procedimental que limitaban la capacidad del Estado para resolver oportunamente los conflictos sociales de tipo penal.
El poder punitivo y el orden económico
El nuevo pensamiento político económico de tipo neoliberal, el cual rige sobre el nuevo orden económico y el desarrollo global del capitalismo, genera cambios importantes en la relación que sostiene el Estado con la economía.
Los Estados se han visto
en la necesidad de ampliar su visión y fijarse en los asuntos que interesan al
mundo global, a fin de incorporar en su política pública los programas y
estrategias nacionales que permitan mantener una estabilidad económica que se
encuentre libre de factores que arriesguen su crecimiento.
Para atender estas nuevas necesidades Núñez (2005) propone algunas pautas que, aunque fueron ideadas hace algun tiempo, consideramos que se encuentran vigentes hoy en día y sirven como modelo a los Estados para renovar sus políticas criminales y su poder punitivo: Estas son:
Cada una de estas pautas
permiten una estabilidad respecto al control que ejerce el Estado sobre sus
gobernados, principalmente en lo concerniente al orden económico y su
obligación Constitucional de orientar, dirigir y reglamentar las actividades
económicas a través de políticas públicas flexibles y evolutivas, que vayan
siempre acorde con las nuevas tendencias que propone la globalización.
La crisis del sistema penal
A pesar de que a partir
del 2011 empezó a operar en nuestro país un nuevo modelo de justicia penal, que
fue promovido como un sistema eficaz que provocaría un cambio sustancial en el
tratamiento de los procesos penales, con dinámicas respetuosas de los derechos
humanos consagrados en nuestra Constitución Nacional y en los Convenios
Internacionales; la realidad es que la ciudadanía sigue desconfiando de la
función del Estado como garante de la seguridad y no existe una certeza del
castigo, toda vez que se sigue contando con una justicia selectiva que no
permite erradicar la crisis jurídica que tiñe la función punitiva estatal.
Vallejo
(2011) ha identificado una serie de rasgos como los causantes de estos
malestares y que impiden que el Estado pueda operar de manera eficaz:
La
falta de identidad legislativa, el expansionismo del derecho penal, la
inclusión de un derecho penal del enemigo para el delincuente común, la
estigmatización del delincuente, la tensión entre poder y derecho penal, la
internacionalización del derecho penal, la intromisión de los medios de
comunicación en el endurecimiento del sistema, el terrorismo penal, el derecho
penal simbólico, el incremento de penas, (...)
Cada uno de estos factores
empañar no solo el rol del legislador de crear leyes que respondan a las
necesidades y problemas sociales, sino la de los operadores de justicia que a
pesar de contar con un cuerpo normativo que les dicta los procedimientos para el
debido proceso; los resultados no son los esperados por la ciudadanía que sigue
reclamando por un sistema penal que no ablande ante los procesos de alto
perfil, sino que se aplique el derecho penal de forma igualitaria sin
privilegios.
Derecho penal y seguridad jurídica
Las transformaciones que
ha sufrido la política criminal y el nacimiento de nuevos modelos judiciales,
han generado una amplificación de las funciones del poder punitivo del Estado,
aboliendo las viejas reglas inflexibles que impiden combatir la criminalidad,
ni ejercer el debido control sobre los procesos generadores de riesgo. La
expansión de funciones que transforman el poder punitivo del Estado han sido
explicadas atinadamente por Donini (2017) de la siguiente forma:
Conclusiones
La globalización obliga a
que evolucionemos y nos transformemos, de esta necesidad no se escapa el
derecho, por tanto, el Estado debe constantemente revisar sus políticas para
verificar su vigencia respecto a las nuevas realidades.
Con una economía
globalizada no se pueden conservar reglas normativas antiguas, ya que su
aplicación en el mundo actual sería evidentemente ineficaz y perdería el Estado
el control del sistema económico, de la seguridad y del orden social en
general.
Bibliografía
Donini, M. (2017). El
derecho penal frente a los desafíos de la modernidad. Lima, Perú:
Estudios de derecho penal.
Núñez, J. (2005). La
cuestión carcelaria en América Latina. Obtenido de Revista de pensamiento
iberooamericano: https://bit.ly/3ojG50J
Vallejo, G. (2011). En
busca de otro derecho penal . Obtenido de DialNet: https://bit.ly/3z0aVjL


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